1) CONVENIO ARBITRAL DE AEADE. Arbitraje de AEADE
El arbitraje es una alternativa a la justicia ordinaria en la que en caso de conflicto de dos o más partes, un tercero neutral e imparcial, denominado árbitro, resuelve la controversia dictando un laudo (sentencia) que es de obligado cumplimiento.
Con el arbitraje de la Asociación Europea de Arbitraje, AEADE, se consigue que, en caso incumplimiento, se obtenga una sentencia (laudo arbitral) en un plazo medio de 25 días.
El laudo arbitral se ejecuta judicialmente al igual que una sentencia en el caso de no ser cumplida por la parte condenada.
Para acudir a esta vía de solución de conflictos es imprescindible que las partes, tanto propietario e inquilino, firmen un CONVENIO ARBITRAL anexo al contrato de arrendamiento. Este convenio arbitral debe ser adquirido en la propia Asociación Europea de Arbitraje o en un Agente Inmobiliario que AEADE le recomiende.
Más información del arbitraje de AEADE en http://www.aeade.org
2) ASISTENCIA LEGAL POR IMPAGO DE RENTAS
La cobertura de ARRENTA incluye todos aquellos gastos jurídicos (Honorarios de abogado y procurador así como los gastos de arbitraje) para reclamar las rentas y la posesión del inmueble.
3) GARANTÍA DE COBRO DE RENTAS
Cubre siete meses de rentas en caso de impago (con un mes de franquicia) a partir de la fecha de incumplimiento. Además, el segundo año se reduce el coste de la garantía, únicamente se abonaría 200 €.
Es el servicio más demandado por los propietarios y profesionales inmobiliarios.
La garantía de cobro de la renta del producto ARRENTA es de fácil acceso dado que se reducen las exigencias y requisitos económicos para su solicitud. La garantía se otorga en un 98 % de los casos, por lo que es un producto dirigido a todo tipo de inquilinos:
- inmigrantes
- jóvenes
- 3ª edad
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familias monoparentales
- empresas.
- autónomos.
El propietario es informado de la viabilidad de la garantía entre 24 y 48 horas desde la recepción de la solicitud y de toda la documentación requerida.
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