La Renta 2026 ya está aquí, y si eres propietario de una vivienda en alquiler es importante conocer qué deducciones y gastos puedes incluir en tu declaración del IRPF.
En esta guía actualizada te explicamos qué conceptos son deducibles, cómo declararlos correctamente y qué novedades fiscales han introducido las Comunidades Autónomas este año.

¿Quién puede aplicar deducciones por alquiler?
Los propietarios de viviendas alquiladas como vivienda habitual pueden aplicar deducciones sobre el rendimiento neto obtenido del alquiler.
Quedan fuera los arrendamientos de oficinas, locales comerciales, alquileres turísticos o viviendas alquiladas a empresas para uso temporal.
Requisitos para deducir el alquiler en el IRPF
Para poder beneficiarte de las deducciones, debes cumplir con lo siguiente:
- Declarar los ingresos del alquiler como rendimientos del capital inmobiliario en el IRPF.
- Disponer de un contrato de arrendamiento válido registrado conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
- Que el inquilino destine la vivienda a su residencia habitual.
- Que la vivienda no esté alquilada a familiares de primer grado (padres o hijos).
Porcentajes de deducción en 2026
Desde el 1 de enero de 2026, el nuevo régimen fiscal del alquiler establece un sistema progresivo de deducciones, según las condiciones del arrendamiento:
- 50% deducción general para alquileres de vivienda habitual.
- 60% si el propietario ha realizado mejoras energéticas en el inmueble.
- 70% si el inquilino tiene menos de 35 años o se alquila en zonas tensionadas con reducción de renta.
- 90% si se alquila a jóvenes en zonas tensionadas con rebaja superior al 5% respecto al contrato anterior.
Gastos deducibles para propietarios
Los siguientes gastos pueden restarse de los ingresos obtenidos por el alquiler:
- Intereses y gastos financieros del préstamo hipotecario.
- Honorarios de gestión inmobiliaria y formalización de contratos.
- Obras de conservación y reparaciones en la vivienda o edificio.
- Impuestos como el IBI, tasa de basuras o seguros asociados.
- Primas del seguro de impago de alquiler y seguro de hogar.
Novedades en deducciones autonómicas 2026
Cada Comunidad Autónoma puede aplicar sus propias deducciones adicionales. Algunas de las más relevantes para este año son:
- Madrid: deducción del 10% para menores de 35 años y propietarios que mantengan la renta sin subida.
- Andalucía: deducción del 15% en contratos de larga duración (>5 años).
- Cataluña: beneficios para rehabilitación energética y accesibilidad.
- Valencia: deducción del 20% para jóvenes con ingresos bajos y contratos bajo índice autonómico.
Cómo declarar el alquiler en la Renta 2026
Para incluir correctamente los ingresos del alquiler en la declaración del IRPF (modelo 100), accede al apartado de “Rendimientos del capital inmobiliario” de Renta Web.
A continuación te indicamos las casillas y pasos principales.
- Casilla 0075: marca “Inmueble arrendado” e introduce la referencia catastral.
- Casillas 0102–0116: ingresos íntegros por alquiler durante el ejercicio.
- Casilla 0117: resultado neto tras restar los gastos deducibles (IBI, reparaciones, seguros, comunidad…).
- Casilla 0118: reducción aplicable por arrendamiento de vivienda habitual (del 50% al 90% según el caso).
- Casillas 0091–0101: datos del inquilino (nombre, NIF, días alquilados).
- Casilla 0063: porcentaje de titularidad si el inmueble tiene varios propietarios.
Antes de presentar la declaración, revisa que los importes coincidan con los pagos reales y conserva justificantes del contrato y gastos.
Si aplicas deducciones autonómicas, selecciona la correspondiente a tu Comunidad en el tramo autonómico del IRPF.
Optimiza tus deducciones con asesoramiento experto
Si eres propietario, consulta con expertos fiscales contratando un seguro de defensa jurídica arrendador.
Preguntas frecuentes
¿Puedo seguir aplicando la deducción del 60% en 2026?
No. Desde 2024 se sustituyó por un sistema escalonado del 50% al 90% según condiciones del contrato y características del inquilino.
¿Se pueden deducir los gastos de un seguro de impago?
Sí, el gasto en seguros de impago o seguros de hogar es deducible como gasto necesario del inmueble alquilado.
¿Qué pasa si no declaro los ingresos del alquiler?
Hacienda puede imponer sanciones económicas y la pérdida automática de las reducciones fiscales. Declarar correctamente es obligatorio y beneficioso.






SI ALQUILAS UNA VIVIENDA 7 MESES , LOS GASTOS DEL IBI Y DEL SEGURO DE LA CASA LOS PUEDES PONER EN SU TOTALIDAD O HAY QUE HACER LA PARTE PROPORCIONAL
Hola, Paloma, en Arrenta somos asesores en seguros y lo que le recomendamos es que consulte su caso en un gabinete especializado en temas inmobiliarios. Un cordial saludo.
Buenas tardes, sigue en vigor a fecha de hoy, 17-01-2023 la deducción del 60 % del rendimiento neto del alquiler al alquilar una vivienda ( soy futuro arrendador ) con vistas a la declaración que se efectúe en Mayo de 2024.
Gracias
Hola, Rafael. Te aconsejamos que acudas a la Agencia Tributaria para constatar dicha deducción. Nosotros solo podemos asesorarte sobre seguros. Muchas gracias.
TENGO UN INQUILINO QUE SOLO HA PAGADO DOS MESES DEL AÑO 2021 Y SE MARCHO, HE RECUPERADO LA VIVIENDA PERO NO SE EXAXTAMENTE CUANTOS MESES TENGO QUE PONER POR QUE NO LA HE ALQUILADO PORQUE LA CASA HA HABIDO QUE SOMETERLA A UN TRATAMIENTO POR HUMEDADES Y TODAVIA NO ESTA HABITABLE.
En Arrenta somos asesores en seguros, para estos casos tan específicos le recomendamos que acuda a un abogado especializado en temas inmobiliarios que podrá orientarle adecuadamente. Un saludo.