La fianza es una garantía que el arrendador recibe a la hora de alquilar una casa, pieza, habitación, automóvil, etc., como seguro contra daños.
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Se trata de importes de dinero que aseguran la vivienda ante daños provocados por el arrendatario. Además, son temporales, y de carácter devolutivo. Es decir, una vez ha vencido el contrato de alquiler, la fianza debe ser devuelta.
Sin embargo, ¿Qué sucede cuando la fianza no es devuelta? ¿Se debe iniciar un proceso legal para adquirirla? Si se cumplen todos los requisitos ¿cuáles son los motivos para no devolver la fianza?
A continuación, vamos a resolver todas tus dudas sobre la devolución de la fianza.
¿Cuáles son los motivos para no devolver la fianza?
Al llegar el fin del contrato de arrendamiento, el deber del arrendador es devolver el total de la fianza al arrendatario.
Esta devolución es debida a que la fianza es un soporte que garantiza el cumplimiento correcto por parte del arrendatario, respetando los términos del contrato. Es decir, que no ocasionará ningún daño a la propiedad.
Sin embargo, hay algunos aspectos que hacen que el arrendador esté en todo el derecho de no devolver la fianza como vemos a continuación:
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Daños a la propiedad
E motivo principal para no devolver la fianza, es si se observa algún desperfecto en la propiedad.
¿Qué se considera un desperfecto?
Cualquier daño que no estuviera antes de la contratación del alquiler, como pueden ser muebles dañados, electrodomésticos averiados, paredes rayadas, etc., por lo tanto, es todo aquello que signifique un gasto para el arrendador y sea una causa justificada para utilizar el dinero de la fianza.
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Obras sin permiso en la propiedad
La fachada de la casa, techos, paredes, suelos, muebles, etc., y que fueron puntos que se evaluaron antes de la llegada del inquilino y que ha sufrido un cambio sin consentimiento del arrendador, puede ser un motivo válido para que se pierda el derecho a una devolución de la fianza.
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Una propiedad llena de suciedad
El mantenimiento de la propiedad es muy importante. Es la imagen del inquilino, pero también el compromiso con la casa. Por tonto que pueda parecer, una casa sucia, puede ser un motivo para no devolver la fianza.
Si te preguntas “por qué”, la respuesta es simple, ya que poder volver a alquilar la vivienda en buenas condiciones, se necesitará el uso de ese dinero para contratar un servicio de limpieza que realice una limpieza profunda, lo que implica que automáticamente se pierde el derecho a la devolución. -
Fallo en el pago de la mensualidad
Una de las principales razones por las que se alquila una casa es el dinero que cobra el arrendador, pero si el arrendatario deja de pagar no tiene sentido seguir con el contrato de arrendamiento.
Aunque la fianza “no se debe” utilizar para compensar alguna mensualidad impagada, es una práctica muy habitual, la fianza se convierte en un pequeño salvavidas del arrendador, este es otro de los motivos para no devolver la fianza, si fallas en el pago de las mensualidades podrías perder tu fianza de alquiler.
En caso de cumplir con todo… ¿En cuánto tiempo se devuelve la fianza?
Cuando todas las condiciones del contrato y la integridad de la casa sean correctas se ha de proceder a la devolución de la fianza por parte del arrendador.
El arrendador dispone de un mes para cumplir con el inquilino y devolverle la fianza, de lo contrario, el importe acumulará intereses que deberá pagar, además de que de existir una negativa a la devolución de la fianza por parte del arrendador, éste se verá obligado a pagar interés legal.
¿Existe un plazo legal para devolver la fianza?
No, ya que, en la ¿Existe un plazo legal para devolver la fianza?, solo se especifica que, a partir de la demora de un mes, la cantidad irá aumentando debido a los intereses.
Esta situación se da más comúnmente de lo que se cree, sin embargo, no está especificado que exista un tiempo límite para que el arrendador proceda a la devolución.
Una vez transcurra un mes, si el arrendador no ha devuelto la fianza, se puede exigir el pago y proceder legalmente en caso de negativa.
Buenas tardes
Mi pregunta sería si, en el caso de un contrato de arrendamiento de 1 año, avisas verbalmente y te mudas después de 4 meses. Tiene una llave. Después de mudarse, no paga el alquiler ni los servicios públicos. Qué y cuánto dinero puedo descontar del depósito.
gracias por la respuesta.
Buenos dias
Yo dí dos meses de fianza y cuando entregue las llaves del piso, la dueña me dijo que todo perfecto, ademas el piso estaba en perfecto estado cuando se lo dejé. Lo limpie todo con una mujer de limpieza. Y a las 30 dias la dueña me dice que va a reparar todo el daño del desgaste del parquet. El parquet esta mas desgastado porque hemos vivido 1 año pero no peor que cuando ella me lo dejo. y quiere que le pague todo el parquet. Y me lo dice a los 30 dias, como puedo hacer para reclamar mi fianza?
Muchas gracias
Buscaba un piso, cuando encontré uno, sin firmar contrato, entregué una fianza al casero. Debido a situaciones familiares no podré entrar al piso. Pedí al casero que me devuelva la fianza, pero se niega. Eso es legal o puedo emprender acciones legales para que me devuelva el dinero?
Estimada/os señora/es,
la arrendadora puede no devolver (parte de) la fianza solo basado en `calculos y valoraciones’ proprio? Es decir, sin facturas justificando costos incurrido?
Atentamente,
Thomas
Si un inquilino subarrienda un piso (prohibido por contrato), y desalojar el piso conlleva una serie de gastos iguales o superiores a la fianza, ¿Se le debe devolver dicha fianza?
Hola, Sergi. En Arrenta somos asesores en seguros, lamentamos no poder ayudarle en temas particulares de su alquiler y lo que le recomendamos es que consulte a gestor especializado en temas inmobiliarios. Un cordial saludo.
Alquile un local,cuando se fué el inquilino me dejó todo sucio, y algún desperfecto que arreglé yo misma.Me pide la fianza.Tengo que devolvérsela ya que lo adecenté yo misma y no tengo facturas de haberlo hecho un profesional.Muchas gracias
Buenas tardes. Si mis inquilinos incumplen el contrato y subarriendan habitaciones, tras echarles por incumplimiento, ¿puedo quedarme la fianza? Muchas gracias
Buenas tardes, tengo una vivienda alquilada por un año prorrogable por 5 y el inquilino se me marcha antes de cumplir dicho año y superando los seis meses. En el contrato se especificaba expresamente que “Si se abandona la vivienda antes de la fecha de finalización de contrato (1 año) el arrendatario perderá la fianza depositada en cuestión para el inmueble arrendado”. ¿Tengo obligacion de devolversela? Gracias de antemano.
Hola, en mi caso no me han devuelto la fianza porque le he avisado con menos de un mes de antelación, (27 días) la causa es que me han ofrecido un trabajo en otra ciudad, y no he causado ningún perjuicio debido a que hay otra habitación disponible que no está alquilada, debería reclamar?
En Arrenta somos asesores en seguros, pero para estos casos tan concretos sobre su contrato, le recomendamos que acuda a un abogado especializado en temas inmobiliarios que podrá orientarle adecuadamente sobre su caso. Un saludo.
El dueño del piso dice k no me devuelve la fianza porque el aire no funciona y el microondas tampoco cuando estaba el microondas iba si no me habria quejado y el aire nunca lo puse ya que no podia permitirmelo es legal que no me la devuelva por eso?
En Arrenta somos asesores en seguros, pero para estos casos tan concretos sobre su contrato, le recomendamos que acuda a un abogado especializado en temas inmobiliarios que podrá orientarle adecuadamente sobre su caso. Un saludo.
Hola buenas! Somos una familia de extranjero, arrendamos un departamento, le notificamos al arrendador que no iríamos del lugar, estamos dejando todo pintando y limpio, el está obligado a devolvernos la garantía aunque no no haya realizado contrato?
Hola, tengo una pregunta. Le alquile un piso a unos estudiantes, y unos de ellos fumaba en la habitación , el caso es que tiraba las colillas al suelo, y dentro de los cajones de la comoda, cuando le llamé la atención lo recogió,pero imaginaros como se quedó la habitación con olor a tabaco… tengo que devolver la fianza ???
Hola, Ana Belén, si el arrendatario incurrió en alguna responsabilidad, ésta será cubierta con la fianza prestada, en cuyo caso, solamente habrá que restituirle la diferencia entre lo entregado y la cantidad a que ascienda la responsabilidad imputable al arrendatario. Un saludo.
El propietario de la vivienda
Tardó 10 días en arreglar la lavadora que estaba rota.
Posteriormente 12 días en arreglar la caldera del agua caliente y la calefacion. A raíz de eso avisamos con un mes de antelación el disestimiento del contrato y solicitar la devolución de la fianza y el se ha negado a devolver la mitad
Puedo reclamar la devolución?
Usted puede desistir el contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Únicamente puede retener la devolución de la fianza si se ha pactado en el contrato que, para el caso que usted desistiera, debía indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. El arrendador debe indicarle el motivo de la retención de la fianza.
Para cualquier consulta relacionada con su caso, póngase en contacto con nuestro despacho de abogados a través de la web: www.garciapiabogados.es
En Arrenta somos asesores en seguros, pero para estos casos tan concretos sobre su contrato, le recomendamos que acuda a un abogado especializado en temas inmobiliarios que podrá orientarle adecuadamente sobre su caso. Un saludo.
El 1 de julio del presente año, 2021, firmé un contrato de arrendamiento de un local comercial por un plazo de 5 años. El 26 de agosto de este mismo año, la arrendataria me comunica que deja el local y me pide la devolución de la fianza, que es de dos meses.
¿Tengo obligación de devolvérsela, teniendo en cuenta que no ha cumplido el plazo fijado?
A día de hoy, 17 de septiembre, aún no ha pagado el mes de septiembre.
En principio la Fianza sirve para hacer frente a los desperfectos o reparaciones de los daños que haya que realizar al recibir el local, no para conjugar las deudas que deje el inquilino, no obstante, hay que ver si el contrato establece alguna clausula al respecto. Si tiene alguna duda, póngase en contacto con nuestro despacho de abogados especialistas. www.martincorroto.com