Uno de los principales miedos que tienen todos los propietarios antes de poner una casa en alquiler es dar con un inquilino que no pague las mensualidades. Para mitigar este riesgo y evitar problemas a los propietarios, existen los Seguros de Impago de Alquiler, específicamente diseñados para proteger a los propietarios ante posibles casos de impago de rentas. Pero este tipo de seguros no solo cubren el impago de rentas, asegurando un flujo constante de ingresos, sino que, en muchos casos, también incluyen la cobertura de impago de suministros, lo que significa que, en caso de que el inquilino deje de pagar servicios como el agua, la electricidad o el gas, el seguro de impago de alquiler se encargará de cubrir esos gastos, proporcionando así una protección completa al propietario.
Índice
- Cómo funciona la cobertura de impago de rentas en los Seguros de Impago de Alquiler
- La cobertura de impago de suministros en los Seguros de Impago de Alquiler
- Cómo poner en marcha la cobertura de impago de rentas o suministros en los Seguros de Impago de Alquiler
Cómo funciona la cobertura de impago de rentas en los Seguros de Impago de Alquiler
La principal cobertura de los Seguros de Impago de Alquiler es la cobertura de impago de rentas. Esta cobertura garantiza que el propietario recibirá los pagos del alquiler incluso si el inquilino deja de pagar.
Gracias a esta cobertura, si el inquilino incurre en impago, la aseguradora se encargará de abonar al propietario las rentas impagadas durante los meses que se hayan establecido en la póliza, que pueden ser de 6, 12, 18 o 24 meses. De este modo, si tienes un inquilino moroso, podrás seguir recibiendo la renta de tu alquiler evitando así que tengas otros problemas financieros, como hacer frente al pago de la hipoteca o de otras obligaciones que hayas adquirido.
La cobertura de impago de rentas de los Seguros de Impago de Alquiler cubre la deuda real que tenga el inquilino con el propietario, descontando las garantías adicionales o la fianza, si no se ha hecho uso de ella, hasta que el inquilino abandone el inmueble, efectúe los pagos o finalice el plazo de cobertura del seguro.
En el contrato del Seguro de Impago de Alquiler se puede establecer que el propietario reciba la renta impagada mes a mes e, incluso, algunos seguros incluyen la opción de que reciba cada mes un adelanto de las rentas, siempre y cuando se haya presentado una demanda de desahucio o se tramite el siniestro con un abogado particular.
Una de las cosas que debes saber es que algunas aseguradoras incluyen esta cobertura con una franquicia de un mes, lo que quiere decir que, en este caso, el seguro se activará a partir del segundo mes de impago. Sin embargo también hay otros Seguros de Impago que no tienen franquicia.
Otro aspecto que debes tener en cuenta a la hora de contratar esta cobertura es la carencia. Aunque ninguno de los Seguros de Impago de Alquiler que ofrecemos en Arrenta tiene carencia, existen en el mercado seguros que pueden incluir un periodo de carencia de uno o dos meses. La carencia hace referencia al tiempo que transcurre desde la contratación del seguro hasta la fecha en la que el seguro se activa. Por ejemplo, si un seguro tiene 2 meses de carencia y lo contratas el 1 de julio, el contrato del seguro no estará activo hasta el 2 de septiembre. Esto quiere decir que si tu inquilino no te paga el mes de agosto, no estarás cubierto por el Seguro de Impago de Alquiler y, por tanto, la aseguradora no cubrirá el impago de ese mes.
La cobertura de impago de suministros en los Seguros de Impago de Alquiler
Algunos Seguros de Impago de Alquiler incluyen también la cobertura de impago de suministros para evitar que el propietario se vea obligado a asumir estos gastos (para evitar cortes de servicios que podrían dañar la propiedad o afectar a otros inquilinos) si el inquilino deja de pagarlos.
Esta cobertura cubre el impago de las facturas de servicios básicos, tales como agua, electricidad o gas, hasta una cantidad que se establece en el contrato, que puede ser desde 150€ hasta 200€, o el cambio de titularidad de los suministros, para ponerlos de nuevo a nombre del propietario.
Cómo poner en marcha la cobertura de impago de rentas o suministros en los Seguros de Impago de Alquiler
Para poner en marcha estas coberturas del seguro de impago de alquiler, es aconsejable que el propietario se ponga en contacto con la aseguradora lo antes posible, es decir en el momento en el que el inquilino deja de pagar un mes o dos de la renta.
Una vez que la compañía aseguradora haya recibido la notificación, con todos los datos del impago, se pondrá en marcha para intentar cobrar la deuda al inquilino o iniciar un proceso de desahucio para que abandone la vivienda y comenzará a abonar las rentas impagadas al propietario.