La importancia de los plazos en el seguro de impago de alquiler


Actualizado: 8 marzo, 2023 | Seguros ARRENTA |
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Hay un concepto que debes tener claro antes de contratar un seguro de impago de alquiler: el tiempo. Porque no siempre tiene que coincidir el tiempo de validez de tu seguro con los meses de cobertura que te ofrece.
La importancia de las fechas en el seguro de impago de alquiler
 

¿Qué validez tiene el seguro de impago de alquiler?

Los contratos de los seguros de impago de alquiler tienen un año de validez. Es decir, si en algún momento desde que tú lo contratas hasta 12 meses después dejas de percibir la renta de tu inquilino, tu vivienda sufre daños causados intencionadamente por él o necesitas defensa jurídica para reclamar ante la ley el incumplimiento del contrato de alquiler, la aseguradora te protegerá y se hará cargo del pago de las mensualidades impagadas según los términos que se hayan especificado en el contrato.

Cuando el contrato vence a los 12 meses, puedes escoger renovarlo o cancelarlo.

 

¿Cuántos meses de cobertura quieres que tenga tu seguro de impago de alquiler?

La finalidad de los seguros de impago de alquiler es garantizarte el cobro del alquiler si tu inquilino deja de cumplir con el contrato y proteger tu vivienda frente a los daños que pueda causar tu inquilino. El tiempo durante el que el seguro te garantiza el cobro de la renta, viene determinado por los meses de cobertura contratados.

Los seguros de impago de alquiler son flexibles y te permiten elegir cuántos meses de cobertura de impago quieres. La mayoría de las aseguradoras te permiten escoger entre 6 y 12 meses de cobertura, aunque hay otras aseguradoras que también te ofrecen además la posibilidad de elegir 9 o 18 meses de cobertura.

El número de meses de cobertura que escojas definirá el plazo en el que la aseguradora te abonará el alquiler impagado, independientemente del tiempo de validez del contrato. Es decir, si por ejemplo contratas en el mes de enero un seguro de impago de alquiler para tu vivienda con 18 meses de cobertura, y en abril tu inquilino deja de pagarte, la aseguradora te pagará ese mes de impago (si has elegido la opción plus-sin franquicia) y los 17 posteriores si tu inquilino sigue sin abonar la mensualidad. Y eso lo hará independientemente de que tu contrato del seguro venza en diciembre de ese año.

Escoger bien los meses de cobertura de tu seguro es muy importante ya que debes tener en cuenta que el número de meses de cobertura también determinará el tiempo durante el cual la aseguradora te protegerá y se encargará de la reparación de daños en la vivienda causados por inquilinos malintencionados, de protegerte jurídicamente ante reclamaciones con el inquilino, de poner en marcha los trámites legales para un desahucio o hacer frente a otros pagos como los gastos de cerradura y cerrajero en caso de desahucio.

 

¿Cuándo se realiza el pago del seguro de impago de alquiler?

El pago de la prima del seguro de impago de alquiler (el importe que el asegurado abona a la compañía de seguros por la cobertura que recibe) es anual y se realiza en el momento de la emisión de la póliza que suele coincidir con la fecha de la firma del contrato.

El importe de la prima dependerá, entre otras cosas, de si tenemos un seguro de impago de alquiler con o sin franquicia y del importe mensual del alquiler.

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