Preguntas frecuentes
Únicamente las pólizas del ramo de Impago de Alquiler, tanto de vivienda como de local, nave u oficina, emitidas conforme a la oferta vigente de Arrenta.
Los puntos se obtienen por tramos trimestrales en función del número de pólizas válidas de impago emitidas y cobradas:
5 pólizas → 1 punto · 10 pólizas → 2 puntos · 20 pólizas → 3 puntos · 40 pólizas → 4 puntos
Sí. Puedes repartir tus puntos en varios regalos del catálogo, siempre que el total de puntos disponibles lo permita.
No. Los puntos obtenidos en cada trimestre deben canjearse dentro de ese mismo trimestre y no se acumulan para periodos posteriores.
Una vez cerrado el trimestre, Arrenta podrá informar de un cómputo provisional de pólizas emitidas.
El cómputo definitivo de puntos y la asignación de recompensas se realizarán únicamente sobre pólizas emitidas y cobradas. Esta validación no podrá realizarse hasta transcurridos aproximadamente 60 días desde la finalización del trimestre.
Una vez confirmado el resultado definitivo, Arrenta comunicará si corresponde recompensa y cómo solicitarla.
ARRENTA SABSEG CLUB ÉLITE es un sistema de reconocimiento anual dentro del programa, con el que Arrenta distingue a colaboradores destacados por distintos criterios como crecimiento, trayectoria, diversificación o rendimiento global.
No. El programa Élite es independiente del sistema de puntos y se basa en una valoración anual realizada por Arrenta para reconocer el esfuerzo y la evolución de sus colaboradores.
ARRENTA SABSEG Club
1. Identificación de las partes
Organizador del programa: Arrenta Quarto Pilar Correduría de Seguros, S.L. (“ARRENTA SABSEG”), CIF B86581397, domicilio social en C/ Hermosilla, 28 – 1º, 28001 Madrid. Contacto del programa: marketing@arrenta.es.
2. Objeto, ámbito y duración
ARRENTA SABSEG Club es un programa de recompensas dirigido a colaboradores y avisadores de ARRENTA SABSEG, basado en la obtención de puntos trimestrales por la emisión de pólizas del ramo de Impago de Alquiler, canjeables por recompensas.
Ámbito: España.
Vigencia: aplicable a pólizas emitidas desde el 1 de enero de 2026. El cómputo será trimestral.
3. Participantes
Podrán participar los colaboradores y avisadores autorizados por ARRENTA SABSEG que se encuentren activos durante el trimestre correspondiente.
ARRENTA SABSEG se reserva el derecho de eliminar a colaboradores o avisadores previamente autorizados por los siguientes motivos:
- Aplicación de condiciones económicas especiales, tarifas personalizadas o acuerdos individuales distintos de la oferta estándar del programa.
- Emisión de pólizas bajo campañas, promociones o acuerdos específicos incompatibles con el sistema de puntos.
- Cambios en el modelo de colaboración que impidan la comparabilidad con el resto de participantes.
- Prácticas que desvirtúen el objetivo del programa o supongan un uso indebido del mismo.
- Incumplimiento de los criterios comerciales o de suscripción establecidos por ARRENTA SABSEG.
- Pérdida de la condición de colaborador o avisador activo.
- Incumplimiento de las obligaciones contractuales con ARRENTA SABSEG.
- Actuaciones que puedan perjudicar la imagen, reputación o intereses comerciales de ARRENTA SABSEG.
- Incumplimiento de la normativa aplicable o de las políticas internas de ARRENTA SABSEG.
4. Mecánica general
- ARRENTA SABSEG realizará un cómputo trimestral de pólizas de Impago de Alquiler emitidas.
- El cómputo de puntos y la asignación de recompensas se realizarán únicamente sobre pólizas emitidas y cobradas.
- La validación de dichas pólizas no podrá realizarse hasta transcurridos aproximadamente 60 días desde la finalización de cada trimestre.
- Una vez confirmado el resultado definitivo, se comunicará al participante si corresponde recompensa y cómo solicitarla.
5. Pólizas computables – Impago de Alquiler
Se computarán exclusivamente:
- Seguros de impago de alquiler de vivienda.
- Seguros de impago de alquiler de local, nave u oficina.
Siempre que se emitan al precio normal publicado y conforme a la oferta comercial vigente de ARRENTA SABSEG.
6. Pólizas válidas
Solo computarán como pólizas válidas aquellas que hayan sido emitidas y efectivamente cobradas.
La validación de las pólizas cobradas no podrá realizarse hasta transcurridos aproximadamente 60 días desde la finalización del trimestre, momento en el que se determinará el cómputo definitivo de puntos y recompensas.
7. Sistema de puntos
- 5 pólizas → 1 punto
- 10 pólizas → 2 puntos
- 20 pólizas → 3 puntos
- 40 pólizas → 4 puntos
Los puntos:
- Pueden repartirse entre varios regalos.
- No son acumulables entre trimestres.
- No son transferibles ni canjeables por dinero.
8. Recompensas
Las recompensas disponibles serán las publicadas en el catálogo vigente del trimestre, con indicación del coste en puntos de cada una.
Arrenta se reserva el derecho de sustituir una recompensa inicialmente prevista por otra de valor equivalente monetario cuando, por causas justificadas, no sea posible entregar la recompensa original.
A título enunciativo y no limitativo, dichas causas podrán incluir:
- Rotura o falta de stock del producto.
- Cambios de precio inesperados por parte del proveedor.
- Problemas de suministro o incidencias logísticas.
- Descatalogación del producto.
- Imposibilidad de entrega en la zona o dirección facilitada.
- Cualquier otra causa operativa o comercial ajena a la voluntad de Arrenta.
9. Entrega
El envío se realizará aproximadamente en el plazo de un mes desde la validación definitiva, que tendrá lugar una vez transcurridos aproximadamente 60 días desde la finalización del trimestre.
ARRENTA SABSEG asume el coste del envío.
10. ARRENTA SABSEG Club Élite
ARRENTA SABSEG Club incorpora un sistema de reconocimiento anual denominado “ARRENTA SABSEG Club Élite”.
Este reconocimiento es independiente del sistema de puntos y permite a ARRENTA SABSEG premiar, a final del año en curso, a colaboradores por criterios como volumen de producción, crecimiento, trayectoria o rendimiento en otros ramos de seguros, conforme a su propio criterio.
11. Fiscalidad
Las obligaciones fiscales derivadas de las recompensas serán responsabilidad del participante.
12. Aceptación
La participación implica la aceptación íntegra de estas bases.
13. Legislación
Legislación española. Jurisdicción competente conforme a Derecho.





