Antes de contratar un seguro de impago de alquiler hay un concepto clave que conviene entender: los plazos. La duración de la póliza y los meses de cobertura no siempre son lo mismo, y conocer la diferencia es fundamental para una protección efectiva.

¿Qué validez tiene el seguro de impago de alquiler?
Los seguros de impago de alquiler tienen una validez anual. Durante esos 12 meses, la aseguradora protege al propietario frente a impagos de rentas, daños intencionados y defensa jurídica. Al finalizar el periodo, el seguro puede renovarse automáticamente o cancelarse si cambia el contrato de arrendamiento.
La renovación suele realizarse junto a la renovación del contrato de alquiler, garantizando que no haya interrupciones en la cobertura.
Meses de cobertura: ¿cuánto tiempo puedes estar protegido?
La cobertura se refiere al número de mensualidades que la aseguradora abona al propietario en caso de impago. Este plazo es independiente de la validez anual del contrato del seguro.
Actualmente, las compañías especializadas permiten elegir entre 6, 12, 18 o hasta 24 meses de cobertura. Cuanto mayor sea el periodo elegido, más completa será la protección frente a impagos prolongados.
Ejemplo práctico: si contratas en enero una póliza anual con cobertura de 24 meses y el inquilino deja de pagar en abril, la aseguradora cubrirá ese mes y hasta 23 mensualidades más, incluso si el contrato de seguro vence en diciembre.
La cobertura también determina el tiempo durante el cual la compañía asume los gastos de defensa jurídica, desahucio y reparación de daños. Es una decisión estratégica que debe adaptarse a la duración y perfil de tu arrendamiento.
💡 Tip de experto: antes de elegir cuántos meses contratar, conviene conocer los plazos judiciales medios del juzgado que corresponde a la vivienda arrendada. En algunos municipios, los procesos de desahucio pueden tardar de 6 a 12 meses, o incluso más. Saber este dato ayuda al propietario a elegir la cobertura más adecuada y evitar quedarse sin protección antes de que finalice el procedimiento.
Plazos para comunicar un siniestro
Una vez producido el impago, es esencial respetar los plazos establecidos por la aseguradora para comunicar el siniestro. En la mayoría de las pólizas, el propietario debe notificar el impago en un plazo máximo de 5 a 7 días hábiles desde la fecha de vencimiento del alquiler.
Además, es necesario aportar la documentación acreditativa: contrato de arrendamiento, justificante del impago y requerimiento de pago al inquilino (por ejemplo, mediante burofax).
Cumplir con estos plazos permite activar la cobertura sin demoras y garantiza que la aseguradora gestione el procedimiento judicial y el pago de las rentas conforme a lo previsto. Puedes ampliar esta información en nuestro artículo sobre cómo reclamar un siniestro en caso de impago.
¿Cuándo se paga el seguro de impago de alquiler?
El pago de la prima es anual y se abona en el momento de la emisión de la póliza, normalmente coincidiendo con la firma o renovación del contrato de arrendamiento.
El importe dependerá de la renta mensual, la duración del contrato y de si se contrata un seguro con o sin franquicia. Las pólizas sin franquicia ofrecen cobertura total desde el primer mes de impago, mientras que las que incluyen franquicia suelen ser más económicas.
Protege tu alquiler con hasta 24 meses de cobertura
Con el seguro de impago de alquiler de Arrenta puedes elegir la cobertura que mejor se adapte a ti: 6, 12, 18 o 24 meses. Mantén tu tranquilidad y asegura tus ingresos frente a impagos y conflictos legales.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre validez y cobertura?
La validez es la duración de la póliza (1 año). La cobertura son los meses que la aseguradora paga en caso de impago (de 6 a 24 meses según elección).
¿Se puede ampliar la cobertura durante la póliza?
No, los meses de cobertura se eligen al contratar. Para aumentarlos, debe renovarse el seguro con una nueva modalidad.
¿Qué ocurre si el impago supera la cobertura contratada?
La aseguradora cubrirá solo hasta el número máximo de meses elegido. Los meses adicionales correrán a cargo del propietario.
¿Qué plazo tengo para comunicar un siniestro?
Generalmente entre 5 y 7 días hábiles desde el impago. Es clave cumplirlo para no perder la cobertura.






Me voy a mudar, soy inquilina y yo pago el seguro de impago, justo el mes que debería pagar este seguro, para cubrir este año y el que entra, les avisé a los propietarios que me iba a mudar, jamás le deje de pagar y tengo todas las cuentas al día, entonces por que deberia pagarle un seguro por un año donde no voy a vivir? No me quiere devolver la fianza por eso, siendo que la casa se la voy a dejar impecable tal y como me la dieron, no entiendo y no se que hacer
Buenos días . Una curiosidad , el año pasado contraté el alquiler y tuvimos que firmar para que nos hicieran un estudio de viabilidad . Teníamos dos nóminas de 2400€ cada uno . Este año toca que nos renueven el alquiler cosa que ya han hecho y ahora toca el seguro . La situación no ha cambiado pero me han metido en asnef por tema tarjeta revolving que está en manos de abogados . Suelen hacer un nuevo estudio de viabilidad. ?
Hola, Nerea. No, si no hay modificación de inquilinos no se realiza estudio de viabilidad de nuevo. Un saludo
Hola, contraté en agosto de 2024 un seguro de impagos sin franquicia, aunque el contrato de alquiler se hizo desde el mes de julio, el inquilino empezó a darme largas y no ha pagado desde agosto, está en trámites con el abogado y el juicio está para enero, pero el seguro no me ha abonado nada, que puedo hacer, sólo están cumpliendo con los trámites pero no han cumplido en el pago de las mensualidad como prometían.
Hola, Ana. Lo primero que debes hacer es revisar las condiciones de tu póliza. Para recibir mes a mes el pago de la renta debes tener la cobertura de adelanto de cobro de rentas. De todas formas, si tu póliza fue contratada a través de Arrenta, llámanos y podemos revisar tu caso de forma personalizada. Nosotros contamos con un departamento propio de gestión de siniestros especializado en impago para evitar estos problemas.
Un saludo
He recibido actos vandálicos en mi vivienda y ya lo ha peritado la perito está todo denunciado cuánto tarda el seguro en indemnizar ?
Hola, tengo en tramite una denuncia por impago de alquiler y daños por vandalismo del 2022, en una vivienda asegurada con Arag. El perito valoró en 18.000€ los daños, aunque el seguro solo cubre 3.000€. Recuperé mi vivenda, pero tuve que pagar las reparaciones y estar muchos meses sin alquilarla. Me gustaria saber el plazo máximo de duración de los tramites judiciales, para llegar a cobrar algo. Supongo que si no se recupera el dinero del inquilino, me deberá indemnizar la compañia de seguros algun dia? Hasta hoy no me ha servido de nada tener el seguro en Arag, y han pasado 14 meses de la denuncia. Gracias.
Buenas, ¿cuanto tiempo tarda el seguro en abonarte las mensualidades no pagadas? Es decir si contrato el seguro en enero y en marzo empieza el inquilino a no pagarme, cuando me pagara la aseguradora?
Hola, Marian. La aseguradora pagará la cobertura contratada, una vez finalizado el plazo de franquicia, es decir a partir del segundo mes de incumplimiento; siempre y cuando haya sido presentada la demanda, ofreciéndole la posibilidad de cobrarla cada mes, siempre que el propietario lo solicite. Un cordial saludo
Hola, tengo un seguro contratado para un Aquilino el cual al contratarlo la aseguradora me puso pegas porque el Aquilino estaba en alguna lista de asnef le avalo su hermana y la aseguradora lepidio al Aquilino un mes más de fianza en vez de 2,3. El mes que viene el Aquilino ha pagado todas mentalidades del alquiler de una forma exquisita, el mismo día de pago ha cumplido con cada mensualidad ninguna queja. Mi duda pregunta es le seguirán poniendo pegas la aseguradora en la renovación del seguro si el Aquilino pago todos los meses correctamente de forma espléndida. Parece que le metieron en asnef por algo de telecomunicaciones injustamente y no consigue que lo saquen de ahí. En la renovación del seguro le seguirán poniendo pegas si abono todos los meses de alquiler me explican por favor
Hola, Alfredo. La aseguradora no debería poner pegas a la renovación si se ha pagado todos los meses. A la hora de renovar, no se suele volver a hacer un estudio de viabilidad por lo que no debería tener problemas.
Un cordial saludo
el 1 de junio de 2022 hice un seguro de impago por un año el 1 de junio de 2023 ya no ha pagado me cubre el seguro
Hola, Diego. Ten en cuenta que el seguro de impago se renueva automáticamente de forma anual. En caso contrario, si comunicaste la cancelación del seguro, debes cerciorarte de que el impago se produjo dentro de los meses de cobertura del seguro. Si eres cliente de Arrenta, te recomendamos que nos llames para estudiar tu caso concreto.
Un saludo cordial.