¿Es asegurable un contrato de alquiler de temporada?


Actualizado: 16 octubre, 2025 | Seguros ARRENTA |
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Los contratos de alquiler de temporada son muy habituales para estancias temporales por trabajo, estudios o vacaciones. En esta guía explicamos qué son, cuál es su duración, qué requisitos legales deben cumplir y si es posible asegurarlos con un seguro de impago de alquiler.

¿Es asegurable un contrato de alquiler de temporada?
Los contratos de temporada tienen requisitos específicos y condiciones de asegurabilidad distintas.

¿Qué son los contratos de alquiler de temporada?

Un contrato de arrendamiento de temporada es aquel destinado a cubrir necesidades temporales de vivienda que no constituyen residencia habitual. Se usa, por ejemplo, cuando el inquilino se traslada por motivos laborales, académicos o de ocio durante un periodo determinado.

Lo que define este contrato no es su duración, sino la finalidad temporal de la ocupación. Si el uso es continuado y constituye la vivienda principal, debe regirse por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) como alquiler habitual.

Duración de los contratos de temporada

No existe un plazo mínimo ni máximo fijado por ley. Pueden tener una duración de uno, seis o hasta doce meses, siempre que quede reflejada la causa temporal en el contrato. Lo esencial es que no se trate de la vivienda habitual del inquilino.

Si la estancia supera los doce meses o se renueva automáticamente, el contrato puede interpretarse como alquiler de vivienda habitual y quedar sujeto a la LAU.

Requisitos legales del contrato

  • Indicar expresamente que no se trata de una vivienda habitual.
  • Detallar fecha de inicio y fin de la estancia temporal.
  • Justificar el motivo de la temporalidad (trabajo, estudios, traslado, etc.).
  • Identificar las partes contratantes y la fianza entregada.
  • Especificar quién asume los suministros (agua, luz, gas e internet).

Si falta alguno de estos elementos, el contrato podría ser considerado como arrendamiento de vivienda habitual, con las obligaciones y prórrogas que ello implica.

¿Es asegurable con un seguro de impago?

Sí, los seguros de impago de alquiler pueden aplicarse a contratos de temporada, aunque con condiciones específicas. En general:

  • El contrato debe tener una duración de entre 5 y 11 meses.
  • La póliza no es renovable una vez finalizada la estancia.
  • La cobertura se limita normalmente a hasta 9 mensualidades impagadas.
  • Solo cubre las rentas correspondientes al periodo establecido en el contrato temporal.

Es fundamental reflejar la causa de la temporalidad en el contrato y aportar la documentación completa, ya que las aseguradoras analizan cada caso individualmente.

Honorarios de agencia en contratos de temporada

La Ley de Vivienda prohíbe que el inquilino pague honorarios en alquileres de vivienda habitual, pero los contratos de temporada están excluidos de esa norma. Por tanto, la agencia puede cobrar comisión al inquilino siempre que:

  • El uso de la vivienda sea efectivamente temporal.
  • Exista otra residencia habitual del arrendatario.
  • El contrato especifique la causa y duración exacta de la estancia.

Esto también se aplica a otros arrendamientos no sujetos a la LAU, como alquileres por habitaciones o usos distintos de vivienda.

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Preguntas frecuentes

¿Un contrato de temporada puede durar más de un año?

No. Si supera los doce meses o se renueva, puede considerarse arrendamiento habitual y dejar de ser asegurable.

¿Se puede renovar un seguro de impago en contrato de temporada?

No. Las pólizas de impago para contratos temporales no son renovables, ya que se vinculan a la duración del contrato.

¿El seguro cubre hasta el final del contrato?

Sí, las rentas impagadas se cubren hasta la fecha de finalización establecida en el contrato de temporada.

¿Quién paga los honorarios en un contrato de temporada?

Al no aplicarse la LAU, la agencia puede pactar que el inquilino asuma los honorarios siempre que el uso sea realmente temporal.

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5 comentarios en “¿Es asegurable un contrato de alquiler de temporada?

  1. No me queda claro o no lo termino de entender el seguro de alquiler de temporada vamos a ver si yo alquilo mi piso por nueve meses y a los nueve meses el inquilino no se quiere ir exactamente en que me proteja a mí este seguro??
    Es 19 meses me ha pagado yo he pagado el seguro de impago y el 10º mes que ya se supone que se tendría que haber ido y no se va entonces de qué me sirve el seguro

    1. Hola, Milagros. Una cosa son los requisitos para que el contrato sea asegurable y otra la cobertura del seguro. Una vez el alquiler está asegurado, el seguro te cubrirá igualmente aunque deje de pagar tras el vencimiento del tiempo del contrato. Es decir, siguiendo tu ejemplo, si tu contrato dura 9 meses, y al décimo el inquilino no se va y deja de pagar estarías cubierta, al menos con los seguros que trabajamos en Arrenta.
      Un saludo

  2. Tengo un contrato de alquiler temporario por un tres ambientes amueblado por 4 meses. me pueden cotizar un seguro de caucion?

  3. Hola, soy el propietario de un piso que deseo hacer un contrato de alquiler de temporada. Necesito un seguro multirriesgo del hogar de contenido y continente (no seguro de impago de alquileres). Parece ser que no todas las compañías de seguros hacen este tipo de seguro y solo hacen el seguro multirriesgo con contratos de alquiler de vivienda habitual. En este sentido, agradecería me contactactaran para hacer un seguro multirriesgo de alquiler de temporada. Saludos, Ángel

    1. Hola. Nos consta Ángel que ya consultaste a nuestro equipo :). De todas formas, por si a alguien más le surge la duda, en seguros de vivienda alquilada las compañías no distinguen entre larga duración y de temporada, solo si el alquiler es vacacional. Un saludo

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