La condonación de la renta supone la renuncia del propietario al cobro del importe total o parcial, a diferencia de la moratoria en el pago de alquiler.
Durante las épocas de crisis, como el confinamiento provocado por el coronavirus, algunas familias se han visto en situación de vulnerabilidad, con ingresos reducidos y se han beneficiado de un acuerdo entre las partes de forma voluntaria.
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La condonación puede durar un tiempo determinado o de forma indefinido, dependerá de la situación del inquilino pero sobretodo será una decisión con el consentimiento del arrendatario.
Esta modificación va a tener efectos a la hora de gestionar nuestro seguro de impago de alquiler así como en la tributación anual.
Informar de la condonación al Seguro de impago de alquiler
Si el propietario fue previsor en contratar un seguro de alquiler, será necesario informar al seguro de este periodo de condonación para no interpretarlo como impago.
Condonación por un tiempo determinado
Aportar un documento a la compañía que procederá a anexar junto con la póliza y se efectuará el extorno de prima, es recomendable hacer esta consulta con la aseguradora.
En el momento actual Mutua de Propietarios y ARAG Seguros son dos compañías que hacen la devolución de parte de la prima.
Condonación por un tiempo indefinido
En la condonación de la renta sin concretar un periodo total, el propietario acuerda una rebaja de la cuota de la renta con respecto al precio pactado en el contrato de alquiler de vivienda o local comercial.
Hay que presentar al seguro un documento oficial con la rebaja de la renta para que la compañía devuelva la prima. En este caso el nuevo importe será la base del cálculo de la prima para el año siguiente.
Por el contrario este cambio no va afectará a la tramitación de siniestros que pudieran surgir. La compañía incluirá el anexo a la póliza y la devolución de la prima.
Cómo afecta la condonación al IRPF e IVA
A efectos fiscales existe una diferencia entre un impago de la renta y un acuerdo moratoria o exoneración de la renta.
El hecho de perdonar la cuota de alquiler no exime al propietario de declarar el IRPF y declarar el IVA correspondiente.
Se recomienda firmar documento que certifique la condonación va a ayudar a demostrar que se trata de un acuerdo entre las partes y no de un impago.
Existe la posibilidad de deducirse en la partida de saldos de dudoso cobro en el IRPF y ajustar en el IVA la base imponible para que quede compensado el impago.
Cómo tributa la condonación de un local comercial
En el caso de que el alquiler de un local o una nave que esté sujeto a IVA, al suspender el pago de la renta equivaldría a una cesión gratuita. El propietario no está obligado a presentar el IVA ya que no se ha cobrado.
Cómo tributa la condonación de una vivienda
Cuando el alquiler se refiere a una vivienda habitual y no se solicita el pago de la renta, en este caso no se tendrá que tributar.
La renta se declara del 2% del valor catastral, el 1,1% en el caso que la vivienda se encuentre en un municipio con valores revisados.
Hola:
En mi caso, el año pasado perdoné el cobro de un mes de alquiler de un local comercial (A solicitud del arrendatario porque iba a realizar obras) sin embargo sí pagué el IVA correspondiente a ese mes.
Mi pregunta es si puedo deducirlo de la declaración de la Renta y en qué casilla teóricamente, debería de introducir este dato.
Gracias.
Hola, Eliot. En Arrenta somos asesores en seguros, lamentamos no poder ayudarle en profundidad con este tema. Le recomendamos que consulte a un especialista. Un cordial saludo.