Descubre cómo reclamar correctamente la devolución de la fianza de alquiler utilizando un modelo oficial. Incluye ejemplos completos, plazos legales y cómo entregar la carta para que tenga validez jurídica.
¿Qué es la fianza de alquiler?
La fianza de alquiler es una garantía obligatoria regulada en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). El inquilino entrega al propietario una cantidad —equivalente a una mensualidad de renta— para cubrir posibles daños o impagos. Esta fianza debe depositarse en el organismo autonómico correspondiente, tal y como explicamos en la guía sobre el importe de la fianza.
Modelo completo para solicitar la devolución
Cuando la vivienda se haya entregado en buen estado y el contrato esté finalizado, el inquilino puede reclamar la devolución de la fianza por escrito. El siguiente modelo incluye todos los elementos exigidos legalmente:
MODELO DE CARTA DE SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE FIANZA
Remitente: [Nombre y apellidos del inquilino], con DNI [__________], antiguo arrendatario de la vivienda situada en [dirección completa].
Destinatario: [Nombre del arrendador], con domicilio en [dirección completa].
Asunto: Solicitud de devolución de fianza.
Por medio de la presente, y habiendo finalizado el contrato de arrendamiento suscrito el día [_____/_____/_____], así como realizado la entrega de llaves el [_____/_____/_____], solicito la devolución íntegra de la fianza de [importe] €, depositada conforme al artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Declaro que la vivienda se entregó en el mismo estado en que fue recibida, sin desperfectos ni deudas pendientes, y solicito el abono mediante transferencia a la cuenta [IBAN completo] en el plazo de 15 días.
En [Ciudad], a [Fecha].
Firma: ___________________________
Plazos legales y cómo entregar la solicitud
El propietario dispone de un mes desde la entrega de llaves para devolver la fianza. Si no lo hace en ese plazo, el importe genera intereses legales del dinero. Para acreditar la reclamación correctamente, la carta debe entregarse de una de estas formas:
- Burofax con acuse de recibo y certificación de contenido (recomendado por su validez legal).
- Correo certificado con acuse de recibo.
- Entrega presencial firmando copia de recepción por el arrendador.
Conservar el justificante de envío es esencial si más adelante es necesario reclamar judicialmente la fianza o reclamar intereses.
Cuándo puede el arrendador retener la fianza
El propietario solo puede retener la fianza si demuestra de forma documentada daños no derivados del uso normal, impagos de suministros o rentas pendientes. Para evitar conflictos, conviene revisar el artículo sobre los motivos legales de no devolución y realizar una revisión conjunta del inventario en la entrega.
Alternativas para evitar conflictos
Muchos propietarios optan por protegerse contratando un seguro de impago de alquiler, que cubre rentas, desperfectos y defensa jurídica. Este tipo de póliza complementa la fianza y garantiza la recuperación del importe si el inquilino incumple sus obligaciones.
Evita conflictos con tu inquilino
Descubre cómo un seguro de impago te ayuda a recuperar tu dinero y protege tu vivienda durante todo el contrato.
Preguntas frecuentes
¿Qué información no puede faltar en la carta?
Debe constar el nombre completo del inquilino, dirección de la vivienda, fecha de entrega de llaves, importe de la fianza y cuenta bancaria para la devolución.
¿Qué pasa si el arrendador no responde?
Transcurrido un mes sin devolución, puedes reclamar intereses y presentar una demanda civil. La guía para recuperar la fianza explica cómo hacerlo.
¿El modelo de carta es válido en todas las comunidades?
Sí, es un formato estándar basado en la LAU y válido en toda España. Solo debes adaptarlo si tu comunidad exige registro autonómico de fianzas.
¿Puedo enviar la carta por email?
No es recomendable. Los medios válidos son burofax, correo certificado o entrega con firma del arrendador, que permiten demostrar la recepción.
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Hola, entre hace 14 años de alquiler dando 1000 euros de fianza, resulta q me hacen contrato nuevo por 5 años alegando q el otro ha caducado, han puesto por su cuenta 500 euros de la fianza anterior, sin mi consentimiento, y los otos 500, no me lo quieren dar, estoy al día de pagos de renta facturas de ipc, esto no pueden hacérmelo tengo hijo con discapacidad mental Ajudeme Gracias
Hola. Mi inquilina me comunica que deja el piso con 15 días de antelación. Estoy obligada a devolver toda la fianza o sólo la mitad. Gracias
Buenas tardes una consulta he separado un alquiler de una habitacion con el pago de un mes adelantado y me la entregarian recien despues de un mes pero en el trancurso de los dias, osea 15 dias antes que se desocupara ya que aun la tenian usando otros inquilinos y esperaban que dicho inquilino se retire ya no necesito dicho habitacion. se le ha comunicando inmediatamente a la dueña de la casa que me haga la devolucion de mi dinero entregado ya que no necesito dicha habitacion.
ella indique que luego me entregaria que no tenia dinero y ahora me sale que ese dinero ya no me devolvera que ha hecho arreglos para poder usarlo y es mentira que que hasta 15 dias antes de la comunicacion que ya no necesito la habitacion la tenian usando otro inquilinos.
que hago
Hola tenemos un piso que compramos con una inquilina, le hicimos contrato por un año y ahora al pasar el año queremos que deje el piso , ella dice que no se quiere ir que segun la ley estando ahi mas de un año no la puedo pedir que se vaya , segun ella tiene derecho a quedarse 5 años?? , aun que ella no ha pagado las cuentas de luz y de agua como debido. que hago?
Hola tengo una inquilina que 4 dias antes de aser el pago del arrendamiento me dise que se ba del domicilio quisiera saver si tengo que devolverle la fianza
En Arrenta somos asesores en seguros, para estos casos tan específicos sobre el cumplimiento de su contrato de alquiler, le recomendamos que acuda a un abogado especializado en temas inmobiliarios que podrá orientarle adecuadamente. Un saludo.
tengo unos inquilinos que 2 dias antes de realizar el pago de arrendamiento por 2 meses de deposito y me adelantado y el documento hecho por un abogado, ellos afirma que tengo que devolver todo el dinero.
Buenas tardes:
voy a dejar el piso que tenía alquilado. El casero tiene graves problemas económicos, deudas y demás y me ha insinuado que si el robo de la televisión, o desperfectos. Yo el piso se lo dejo mejor que lo encontré y obviamente no me voy a llevar nada que no sea mío. ¿Cómo puedo hacer de forma legal el abandono del piso, de forma que conste que no me llevo nada, y como le devuelvo las llaves de forma legal? El vive en otra comunidad autónoma y no va a estar presente el día que me vaya. Gracias por su labor, un cordial saludo.
EStimada Corina, en Arrenta somos asesores en seguros, para estos casos tan específicos sobre el cumplimiento de su devolución de llaves le recomendamos que acuda a un abogado especializado en temas inmobiliarios que podrá orientarle adecuadamente. Un saludo.
Ola soy Juan tengo un plobrema con la dueña de la casa tengo un contrato y se a finalizado la dueña a visto el piso como lo deje y eya a aceptado que se encuentre en un buen estado eya me a dicho que me va a devolver la fianza que está en el gobierno vasco y me dice que cuando se la ingresé me la da ya llevo 2 meses y no me a devuelto nada que tengo que hacer
Buenos días, Mi hija y dos compañeras decidieron alquilar un piso para residir durante el curso académico. El viernes pagaron los honorarios de la inmobiliaria y la fianza. El lunes, a 3 horas de firmar el contrato, las compañeras se echaron atrás. No llegaron a firmar el contrato ni a ocupar la vivienda. La inmobiliaria no se hace cargo de la gestión de la devolución de la fianza y el propietario se niega a devolverla.
En ningún documento de los que les facilitaron se indica que la no firma del contrato conlleva pérdida de la fianza. ¿Qué nos recomienda hacer?
Hola, Rosa. Desde Arrenta le recomendamos acuda a un gabinete jurídico especializado en temas inmobiliarios. Muchas gracias y un saludo.
Hola….
Mi pregunta es basada en que al finalizar el contrato de alquiler de un local se firmó por las dos partes coincidiendo de que se entregaban las llaves sin que hubiesen deudas no desperfectos por mi parte.El problema es que la fianza no se me ha devuelto y por supuesto no he firmado nada como que así ha sido.. pero en la firma de entrega de llaves ponía que que el contrato estaba resuelto y yo no pediría nada más.En si momento le pregunté por la fianza y me dijo que eso se firmaba en otro contrato así que firmé.Mo pregunta es…si yo he firmado la entrega de llaves no exigiendo nada más el pago de la fianza ya está incluido? O bien para hacer la devolución de la fianza se ha de demostrar firmando algún papel como que se ha devuelto?.. porque a día de hoy no se me ha devuelto y es la segunda demanda verbal que pongo ..la primera desestimada por fallecimiento de la arrendataria y la segunda contra la comunidad de herederos .
Muchas gracias
Hola, Pedro. Le aconsejamos que consulte a un abogado especializado en temas de alquileres inmobiliarios y que podrá orientarle en función de las cláusulas recogidas en su contrato de alquiler y de la legislación vigente. Si dispone de algún seguro, es posible que incluya la cobertura de consulta jurídica telefónica. Esperamos que se resuelva pronto su situación. Un cordial saludo.
Finalizacion de contrato de alquiler porque a la persona que lo tenía alquilado lo destina la empresa a Santander
Estimado Jesús, desde Arrenta abogamos siempre por el diálogo entre arrendador y arrendatario para las rescisiones de contrato, ya que dependerá de las condiciones particulares y generales del contrato de alquiler.
Nosotros recomendamos a los propietarios que consulten todo lo referente a su alquiler en gabinetes jurídicos especializados. En Arrenta disponemos de un Seguro de Defensa Jurídica del Arrendador que le cubrirá la asesoría y la defensa jurídica en todo lo relacionado con su arrendamiento y por tan solo un 1.89% del coste anual del alquiler. Puede calcular el importe en www.arrenta.es.
Gracias por leernos.