La moratoria del alquiler permite al inquilino aplazar temporalmente el pago de la renta, previo acuerdo con el propietario. Se trata de una alternativa a la condonación del alquiler, muy útil en situaciones de vulnerabilidad económica o pérdida de ingresos.
¿Qué es la moratoria del alquiler?
La moratoria en el pago del alquiler es un acuerdo entre el propietario e inquilino para aplazar una o varias cuotas de la renta sin que se produzca impago. No debe confundirse con la condonación, donde el importe se perdona por completo.

Durante la moratoria, el arrendador mantiene el derecho a cobrar la renta en una fecha posterior, pero el inquilino obtiene un respiro financiero temporal. Este tipo de acuerdos fueron especialmente relevantes durante el contexto de crisis sanitaria y económica.
Familias en situación de vulnerabilidad
El aplazamiento del pago puede aplicarse a familias o personas que atraviesen una situación temporal de falta de liquidez, como:
- Situación de desempleo: pérdida del trabajo o reducción de jornada por un ERTE.
- Pérdida sustancial de ingresos: autónomos o empresarios con descenso drástico en facturación.
La concesión de la moratoria depende de la voluntad del propietario y de la relación de confianza entre ambas partes.
Beneficios para el arrendatario
El inquilino gana tiempo para reorganizar su economía y evitar un impago, manteniendo el contrato en vigor.
Beneficios para el arrendador
El propietario no pierde la renta total, ya que solo retrasa el cobro. Además, puede evitar un proceso judicial costoso o un caso de inquiokupación.
Acuerdo de moratoria
Cuando el casero es un pequeño propietario (menos de 10 viviendas), puede aceptar libremente un acuerdo de moratoria o incluso una condonación parcial.
Si el propietario cuenta con un seguro de impago de alquiler, debe comunicar el acuerdo a la aseguradora o correduría para su validación.
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Incumplimiento del acuerdo
Si el inquilino no cumple con los plazos pactados, el caso se convierte en un impago de alquiler y puede derivar en resolución contractual o proceso de desahucio.
¿Cuándo actúa el seguro de impago de alquiler?
El seguro de impago cubre la renta a partir del primer plazo no pagado tras finalizar la moratoria. La aseguradora abonará al propietario las rentas pendientes y gestionará la reclamación legal si es necesario.
El propietario puede evitar riesgos si contrata previamente una póliza especializada que cubra tanto el impago como la defensa jurídica.
Tributación de la moratoria
El aplazamiento del pago no exime al arrendador de declarar los ingresos. Debe tributar en el IRPF como rendimiento de capital inmobiliario y repercutir el IVA aunque el cobro se produzca más tarde.
Moratoria parcial del alquiler
Si solo se aplaza una parte de la renta, el arrendador tributa por el importe exigible en cada periodo. Este tipo de acuerdos deben documentarse correctamente en un anexo al contrato de alquiler.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es una moratoria de alquiler?
Es un acuerdo temporal entre propietario e inquilino para aplazar el pago del alquiler sin cancelarlo. No implica condonación, solo un retraso pactado.
¿Quién puede solicitar una moratoria?
Puede solicitarla cualquier inquilino en situación de vulnerabilidad económica o pérdida de ingresos, siempre con la aprobación del propietario.
¿Cuánto dura la moratoria del alquiler?
Depende de lo pactado entre las partes. Lo habitual es entre 1 y 6 meses, prorrogable si ambas partes lo acuerdan.
¿Qué ocurre si el inquilino no paga tras la moratoria?
El impago posterior puede considerarse incumplimiento de contrato y activar el seguro de impago o derivar en un proceso de desahucio.
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